Tres preguntas, tres respaldos
En bodega, la pregunta es cuánto llegó y en qué estado. En administración, si proveedor, precio, cantidades y destino coinciden con lo acordado. Ante el SII, qué evento corresponde informar respecto del documento. Conviene que cada control conserve su responsable, fecha y evidencia.
El SII identifica el acuse relevante para el crédito fiscal como el recibo de mercaderías o servicios. Su Circular 35 de 2017 precisa el registro que debe utilizarse para ese efecto. No confundas el correo que confirma la llegada de un XML con ese evento.
Una entrega incompleta no es un detalle administrativo
Ejemplo: la factura dice diez cajas y en la recepción se cuentan ocho. Guarda el documento, la orden, el conteo y la evidencia de la diferencia. Deja identificada la persona que resolverá el caso con el proveedor antes de que otro integrante del equipo acepte el documento por rutina.
La comparación ayuda a decidir, pero no decide ni presenta un reclamo tributario por ti. Una diferencia de cantidades tampoco permite concluir por sí sola qué importe debe pagarse: puede existir una entrega parcial acordada, una devolución o una corrección pendiente.
El plazo no parte cuando abres el correo
La guía del SII sitúa las acciones del receptor dentro de ocho días desde la recepción de la factura electrónica en el Servicio. Sin una acción dentro de ese plazo, pueden operar la aceptación y el recibo por presunción legal. Revisa la fecha y el estado que informa el SII; no uses la fecha en que alguien abrió el archivo como sustituto.
No existe una regla de acuse idéntica para cualquier documento. La Circular 35 contempla documentos que dan derecho a crédito fiscal cuyo emisor informa pago al contado, sin saldo pendiente. La Circular 4 también recoge la excepción relacionada con el artículo 55 de la ley de IVA. El acuse, además, no reemplaza los demás requisitos del crédito fiscal.
Cómo separar estos controles en Ruka
Mantén la recepción de mercadería junto a sus diferencias y respaldos. Después revisa el registro de la compra. En la API, una compra revisada internamente no equivale al acuse SII: la documentación del libro de compras lo distingue expresamente.
Antes de automatizar, acuerda quién puede registrar recepción, quién revisa y quién autoriza una acción ante el SII. Si tu flujo contempla esa acción, confirma su alcance y resultado en el canal correspondiente; no lo deduzcas de un estado interno.
Fuentes y alcance
Contrastado con las fuentes enlazadas el 26 de octubre de 2026. Los ejemplos son ilustrativos. Esta guía orienta la revisión del proceso; no determina el tratamiento tributario de una operación particular ni ejecuta trámites ante el SII.
- SII: acuse para uso del crédito fiscal (abre otra pestaña)
Fecha de la fuente: 25 de junio de 2025
- SII: guía de aceptación o reclamo de un DTE (abre otra pestaña)
- SII: Circular 4 de 2017 (abre otra pestaña)
Fecha de la fuente: 11 de enero de 2017
- SII: Circular 35 de 2017 (abre otra pestaña)
Fecha de la fuente: 23 de junio de 2017
- Ruka: contrato del libro de compras (abre otra pestaña)